Produce dispone veda de camarón de río hasta el 31 de marzo del 2016.-Diario Gestión.-Lunes, 28 de diciembre del 2015.-19:21.-Quienes que extraigan, retengan, transporten, transformen, compren o vendan el crustáceo durante la veda serán sancionados, señaló el Produce.
Veda de camarón de río |
Vigilancia. Produce informó de otro lado que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido por la Resolución Ministerial. Para garantizar el cumplimiento de la veda, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización de Produce realiza un trabajo de sensibilización y vigilancia intensiva entre los principales actores, que involucra a los pescadores, comercializadores y consumidores, mediante la difusión de mensajes que destacan la importancia de la protección de este recurso.
Excepción. Las especies nativas incluidas en esta medida son el camarón de río Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp, a excepción de la especie foránea “camarón gigante de Malasia” (Macrobrachium rosenbergii), tal como lo indica la Resolución Ministerial N° 424-2014-Produce. Cabe resaltar que las personas naturales o jurídicas que posean el denominado “*camarón* gigante de Malasia” deberán presentar la copia de Resolución que autoriza el cultivo del referido crustáceo con fines de acuicultura, así como otros medios probatorios. Finalmente, el Ministerio de la Producción informa que se pueden formular denuncias contra aquellos que infrinjan la norma a través del siguiente número telefónico: 616-2222 Anexo 2628, mediante el WhatsApp: 996 513 807; o escribir al siguiente email: denuncias@produce.gob.pe.
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