martes, 2 de agosto de 2016

Acta de los acuerdos de la Comisión Negociadora del dia 21 de julio, realizada en Lima, sobre la propuesta de Fondo Economico de Southern Perú a la Región Moquegua.

Acta de los acuerdos de la Comisión Negociadora del dia 21 de julio, realizada en Lima, sobre la propuesta de Fondo Economico de Southern Perú a la Región Moquegua.-GTRH-ILO.- 02 de Agosto del 2016.- Les hacemos entrega del acta firmada por los representantes de la sociedad civil y autoridades de la Región Moquegua con la empresa minera Southern Perú sobre la propuesta de Fondo Economico a entregar por responabilidad social empresarial. Esta acta consta de cuatro páginas y seis (06) acuerdos, pero que en muchos puntos son contrarios a lo aprobado y acordado por el pleno de la Mesa de Dialogo, porque en ultima instancia, este espacio es el unico que puede ratificar o anular lo consensuado en esta subcomisión. El primer acuerdo es sobre la creación del Fondo Economico y la composición del Directorio. El Segundo Acuedo es sobre el monto que debe financiar la empresa Souther Perú, consistente en 400 millones por aportre directo y 600 millones en Obras por Impuestos
El tercer acuerdo es sobre el cronograma de ejecución, asi como el descuento que hace la empresa de los 108 millones de las TICs, quedando 292 millones, de este ultimo saldo debe descontarse el proyecto del PTAR de Ciudad Jardin a ejecutarse, quedando menos monto en calidad de donación. El ultimo saldo restante se ejecutara en un periodo de tres años. Los 600 millones se ejecutaran en proyectos en la modalidad de Obras por Impuestos.  El cuarto acuerdo es sobre los objetivos del aporte económico, donde no manifiesta el perjuicio que ocasiona a las municipalidades y gobierno regional al ejecutar Obras por Impuestos. El quinto acuerdo describe el destino de los aportes económicos, donde hay una contradicción, ya que dice que "los recursos del Fondo son privados", si es asi, como se van a ejecutar por la modalidad de Obras por impuestos, ya que pasan al sector público cuando se culmine el proyecto, ademas es descontable por el MEF del Impuesto a la Renta de la empresa, lo cual afecta recurso del Canon Minero y regalias en el sector público.
El sexto acuerdo es sobre las areas de inversión y que tipo de proyectos debe ejecutarse, aqui en vez de priorizar los proyectos económicos productivos, se pone una serie de proyectos de indole municipal

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